Las tarifas domésticas de la Comisión Federal de Electricidad se aplican a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico y son de baja tensión con cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC.
Dichas tarifas deben estar conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda y en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de de la cantidad de grados centígrados como mínimos aplicables..
Las tarifas de CFE para uso en el hogar son clasificadas como usuarios básicos ya que el consumo de energía eléctrica es bajo al compararlo con los usos industriales o de negocios.
¿Cuál es la relación de la temperatura en verano con la tarifa doméstica?
En las regiones de México las temperaturas son diferentes, siendo algunas más elevadas que otras, por lo que su consumo energético es mayor al utilizar más sistemas de enfriamiento. Al ser la tarifa doméstica la única con subsidio gubernamental, esta varía según la región debido al factor de la temperatura.
A mayor temperatura, mayor subsidio.
Se considera que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente.
Se considera que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos ó más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Las tarifas de luz domésticas se clasifican de acuerdo al nivel de consumo de electricidad en kilowatts-hora (kWh), dividiéndose en dos grandes tipos: